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→§. V. Copia de las santas y milagrosas bulas de la Orden de la Concepción
Inocencio obispo, siervo de los siervos de Dios, a los venerables hermanos opispos de Coria y Cathania y al amado hijo vicario toledano, salud y apostólica bendición [fol. 11r]. Teniendo por no pequeña obra (entre las inumerables que son aceptas a la divina majestad) el fundar monasterios y religiosos lugares en los cuales las prudentes vírgenes, tomando sus lámparas se aparejen a salir al encuentro al Esposo Jesuchristo y le hagan continuo servicio; de buena gana asentimos a los piadosos deseos de las personas devotas y oímos favorablemente sus humildes ruegos para que se funden y levanten los mismos monasterios y lugares. Es así que una petición ante nós, poco ha presentada por parte de nuestra amada hija en Cristo doña Beatriz de Silva, mujer toledana, contenía que los años pasados nuestra carísima hija en Cristo doña Isabel reina de Castilla y León por el singular afecto de devoción que tiene a la Concepción de la bienaventurada Virgen María, había libre y graciosamente concedido y dado a la dicha doña Beatriz, que desea con efecto seguir vida regular, una casa grande que está en la ciudad de Toledo, llamada los Palacios de Galiana (en la cual está una antigua iglesia o capilla con nombre de Santa Fe) que pertenecía legítimamente a la mesma reina para que allí se fundase un monasterio de alguna orden aprobada a honra de la misma Concepción, donde la dicha doña Beatriz y otras devotas mujeres sus compañeras viviesen debajo de regular observancia y sirviesen a la misma bienaventurada Virgen María, y que la dicha doña Beatriz y mujeres sus compañeras en virtud de esta concesión y donación recibieron la dicha casa y desde entonces la han habitado, viviendo en común y sirviendo al Altísimo y a la bienaventurada Virgen María, según que de presente la habitan, pero con intención de que el dicho monasterio en ella se instituya. Por lo cual nos fue humildemente suplicado por parte de la misma doña Beatriz, que dice ser nacida de noble linaje, y que ella y las sobredichas mujeres quieren ''[45]'' profesar la Orden Cisterciense de San Bernardo a la cual tienen singular afecto de devoción que con la benignidad apostólica nos dignaremos de erigir en la dicha casa un monasterio de monjas de la dicha orden, con la advocación de la misma Concepción, con dignidad abacial, campanario, [fol. 11v] campana, dormitorio, refitorio, claustro, huertos, hortalizas y otras oficinas necesarias, donde vivan en común, debajo de regular observancia y perpetua clausura, y que les asignásemos la dicha iglesia o capilla por iglesia y capilla suya, y en lo demás de lo dicho proveyésemos oportunamente. Nós, pues, que con altísimos afectos deseamos principalmente en nuestros días el augmento del culto divino, la propagación de la religión y la salud de las almas, encomendando mucho en el Señor el piadoso y loable propósito de las dichas reina y doña Beatriz, inclinados a sus ruegos y por respecto de la misma reina que nos pide lo mismo humildemente, mandamos a Vuestra Fraternidad por estos escritos ''[46]'' apostólicos que vos, o los dos, o el uno de vosotros con nuestra autoridad, elijáis en la dicha casa un monasterio de la misma orden cisterciense, debajo de la invocación de la misma Concepción, con dignidad abacial, campanario, campana, dormitorio, refitorio, claustro, huertas, hortalizas y otras oficinas necesarias para una abadesa que presida a otras monjas de la dicha orden y a la dicha doña Beatriz y más mujeres que ahora allí viven si quisieren profesar, las cuales vivan en común, debajo de regular observancia y perpetua clausura, y que ellas y el monasterio mismo esté sujeto al arzobispo de Toledo que por tiempo fuere, como lo está el de Santo Domingo llamado el Viejo de la dicha ''[47]'' orden, y algunos otros de la misma orden están sujetos a los ordinarios de los lugares, sin perjuicio de alguno, y salvo siempre en todo el derecho de la iglesia parroquial y de otro cualquiera; y le señaléis por iglesia la dicha iglesia o capilla perpetuamente y concedáis licencia a la abadesa que por tiempo fuere del dicho monasterio y a su convento para que puedan hacer algunos estatutos y ordenaciones loables y honestas que no contradigan a los sacros cánones, las cuales sean obligadas a guardar perpetuamente las monjas que por tiempo fueren en el dicho monasterio, aun cerca de la elección de abadesa, así esta vez primera, como después en los tiempos perpetuos futuros. Y con la misma autoridad establezcáis y ordenéis que la abadesa que por tiempo [fol. 12r] fuere y las monjas susodichas traigan vestidura blanca, con ''[48]'' escapulario también blanco y encima un manto de color de cielo, en los cuales manto y escapulario esté prendida la imagen de la misma bienaventurada Virgen María, y sean obligadas a ceñirse con un cíngulo de cáñamo a la manera de los frailes menores y que en las horas canónicas que dirán, según la costumbre de la Iglesia Romana, deban guardar este modo, conviene saber, que (exceptando solamente los domingos, en los cuales deba de necesidad decir alguna historia comenzada o el oficio de la dominica y en que se celebran fiestas dobles o semidobles y solenes y ferias en que no se puede dejar el oficio ferial y en las octavas de las dichas festividades) todos los demás días por todo el año digan las horas canónicas mayores y el oficio divino ''[49]'' de la misma concepción; y que exceptados los dichos días en que las horas mayores de la dominica, o feria, o fiesta se deban decir, digan las horas menores y oficio parvo de la misma bienaventurada Virgen María con las antífonas, versos, capítulos y oraciones de la misma Concepción; y que todos vos [sic] viernes y el adviento del Señor y otros días que los demás fieles de Cristo son obligados a ayunar, sean ellas obligadas a ayunar, y no lo sean a otros ayunos. Y que atento que (según nos han hecho relación) la dicha ciudad dista siete jornadas y más del mar y hay en ella continua falta de pescado, puedan comer carne en todo tiempo, fuera de los días de ayuno dichos y fuera de los sábados y miércoles. Y que la abadesa que por tiempo fuere, de consejo de las monjas que fueren por tiempo sus consiliarias, pueda dispensar consigo y con las otras monjas del dicho monasterio en los ayunos a que serán obligadas por el estatuto y ordenanza ''[50]'' presente, mas no de los que dispone el derecho, y elegir cualesquiera presbíteros seculares o regulares de cualquier orden, con licencia de sus superiores, para sus confesores y para que les celebren misa y los demás oficios divinos y les ministren los eclesiásticos sacramentos, los cuales, oídas diligentemente las confesiones de la abadesa y cualquiera monjas que por tiempo fueren en el monasterio mismo, las puedan absolver en todos y cada uno de los casos [fol. 12v] ''[51]'' reservados a la silla apostólica, una sola vez en la vida y en los demás todas las veces que fuere necesario, imponiéndoles saludable penitencia. Y también una vez en la vida y otra en el artículo de la muerte puedan conceder plenaria remisión de todos sus pecados, de los cuales contritas de corazón se hubieren confesado con la boca a cualquiera de ellas que perseverare en sinceridad de fe, unión de la santa Iglesia Romana y obediencia y devoción nuestra, o de nuestros sucesores los romanos pontífices elegidos canónicamente, no obstantes las constituciones y ordenaciones apostólicas y estatutos y costumbres de la dicha orden, establecidos por juramento, ordenanza apostólica o cualquier otra firmeza y todo lo que a esto fuere contrario. Y nós (si sucediere hacerse la dicha fundación), por nós en virtud de las presentes, según se dice, por especial gracia concedemos con la autoridad apostólica, por el tenor de estas letras presentes, a la abadesa y monjas referidas, de aquí adelante para siempre jamás, que los días de Cuaresma y otros en que se celebran las estaciones en las iglesias dentro y fuera de Roma, visitando algunos altares en la iglesia del dicho monasterio y diciendo devotamente, hincadas ante ellos las rodillas, tres veces la oración del Pater Noster y otras tantas las del Ave María, consigan las mesmas indulgencias que consiguieran si visitaran las dichas iglesias, y que puedan y deban libre y lícitamente usar y gozar de todas y cualesquiera gracias y privilegios y otras exempciones concedidas en general a la dicha orden, por la sobre dicha silla. Dadas en Roma en San Pedro, año de la encarnación del Señor de mil y cuatrocientos y ochenta y nueve, a último de abril, en el año quinto de nuestro Pontificado.
[fol. 13r]
===§. VI. De la revelación que tuvo de su muerte, y profecía de la orden, de su profesión y glorioso tránsito===
No solo con la autoridad apostólica, sino también con la divina, quedó por estas bulas aprobada la Orden de la Purísima Concepción de la Virgen Nuestra Señora y, a mi ver, confirmada maravillosamente la verdad del mismo misterio con unos favores tan grandes como en ella hace el vicario de Cristo a las religiosas de ella por respecto de la limpia Concepción y con un milagro tan célebre y cierto como se puede ver de la solene procesión y fiesta que se hizo en la ciudad de Toledo que, cuando otro testimonio no hubiera en favor de esta verdad, este solo bastara para persuadirla a los ánimos dóciles y devotos de la Virgen, y de camino se vee con los mismos testimonios y milagros confirmada por Orden Cisterciense de Nuestro Padre San Bernardo. que era justo que cosa tan de la Virgen no saliese de casa de su siervo y regalado hijo. Aquí me venía muy a pelo el tratar de la sentencia que en este misterio tuvo el santo y melifluo doctor pero por no quebrar el hilo de la historia lo remito para el fin de ella, donde diré todo lo que alcanzó ''[52]'' en esta parte y probaré con muchos testimonios suyos qué sintió en favor de la Concepción Pura de la Virgen.
Volviendo a la historia, digo que no se puede dignamente encarecer la alegría que sentía interiormente nuestra señorita doña Beatriz con la publicación solene de sus bulas y el deseo encendido que tenía de verlas ejecutadas. Al fin del sermón que hizo el obispo de Guadix delante de toda la ciudad para publicarlas y encarecer cómo era justo el milagro que Dios había hecho con ellas, echó la fiesta de los hábitos y velos de las monjas de la Concepción y de la ejecución total de lo que el sumo pontífice disponía para de allí a quince días, y para ella convidó a todos los señores de la santa iglesia, regimiento y ciudadanos, y con ser tan corto el término [fol. 13v] que se esperaba para este cumplimiento y ejecución a la sierva de Dios le parecía larguísimo, quizá porque el corazón barruntaba su cercana muerte. Mas no fue él solo el que se lo dijo por temores, no mal fundados en un cuerpo tan delicado, cargado de años y achaques, que la Reina del Cielo, viendo con el cuidado y solicitud que andaba su devota hija aparejando lo necesario para el día de la profesión suya y de las demás compañeras a honra de su Purísima Concepción, se le apareció en el coro y la dijo: "Hija, de hoy ''[53]'' en diez días has de ir conmigo, que mi Hijo y yo recibimos la voluntad que tienes de servirnos en esta nueva orden por obra y no es la nuestra que goces acá en la tierra, sino en el Cielo de lo que deseas". Con mucha conformidad de voluntad recibió la sierva de Dios este nueva, resignando en sus manos el gusto que esperaba tener el día señalado por hacer el del Altísimo Señor, en lo cual mostró bien la perfección a que había subido, pues tan fácilmente quebrantó su voluntad en cosa que tan de veras había deseado. No fue solo este favor el que le hizo Dios antes de su glorioso tránsito, que otros muchos le hizo, aunque solo de este y de otro, que ahora referiré, nos dejó su sierva noticia.
''[54]'' Yendo un día a maitines como acostumbraba (que antes de la ejecución de las bulas ya seguían en el monasterio los actos regulares aunque sin hábito de religión), halló muerta la lámpara del santísimo sacramento y, poniéndose en oración, vio que milagrosa y manifiestamente se encendió, pero no a quién la encendió. Fue este un maravilloso jeroglífico del suceso de su religión que Dios la quiso mostrar, como luego se lo dio a entender en una voz que claramente oyó que la decía: "Tu orden ha de ser como esto que has visto, que toda será desecha por tu muerte, mas como la Iglesia de Dios fue perseguida al principio y después floreció y fue muy ensalzada, así ella florecerá y será multiplicada en todas las partes del mundo, tanto que en su tiempo no se edificará casa alguna de otra orden, mas primero será muy perseguida de amigos y enemigos y habrá en ella tanta tribulación que muchas veces llegará a ser desolada". [Fol. 14r] La verdad de esta revelación y profecía se ha visto cumplida a la letra, así en las tribulaciones que la orden padeció luego que murió la santa virgen doña Beatriz, según que después veremos, como en lo que dice que dilatará por todo el mundo, pues llegó en ''[55]'' pocos años a Roma y a otras partes de Italia, a Francia, y hasta el nuevo mundo, sin que en los primeros de esta santa religión se fundase monasterio de otra orden de que haya noticia, sino es en Madrid uno de Santa Paula, que es de la misma advocación de la Concepción y estaba mucho antes tratado de edificarse, por donde parece que se ha de entender la profecía de monasterio de la Concepción en general y de los primeros años en que floreció esta religión, que este se llama propiamente su tiempo, que después acá cada día vemos fundados monasterios de monjas de todas órdenes y de recoletas de la nuestra cisterciense de San Bernardo se han fundado muchos en Valladolid, Toledo, Madrid y otras partes.
Luego que la sierva de Dios recibió las nuevas de su muerte, llamó a su confesor y, con la alegría que le causaban, viéndose acercar con tanta seguridad al puerto de la vida, le dio cuenta de lo que sentía y, comenzándose a aparejar para la jornada, envió la muerte a su mensajero la enfermedad, que luego la echó en la cama y mostró ser de muerte en el cuerpo de la virgen y de dolor excesivo en los corazones de las siervas de Dios, sus hijas y compañeras que más que a sí la amaban y vían convertidas sus fiestas en llantos y sus contentos en tristezas. Luego que en Santo Domingo el Real se supo el término en que estaba doña Beatriz, fueron muchas monjas a visitarla y asistir a su muerte, acompañadas de muchos frailes de su mesma orden, con ánimo de llevar su precioso cuerpo a su monasterio donde tantos años vivió, ya que parecía que moría sin haber hecho profesión, y también querían llevar consigo las doce compañeras de la santa y darlas su hábito y velo. Mucho se consoló la sierva de Dios con esta visita de tantas amigas del alma [fol. 14v] y, habiendo con toda devoción recebido el santísimo sacramento del altar, pidió con mucha instancia para su consuelo la admitiesen al velo y profesión de su nueva orden, aunque no se le diese con la solenidad que a las demás sus compañeras después se les daría. Cumpliósele este deseo, dándola el hábito y velo de la santísima Concepción que ella mesma había ordenado (como expresamente lo dice el autor en ''[56]'' el capítulo octavo de la vida de la sierva de Dios) y así fue la primera que le vistió y profesó, aunque en cumplimiento de la profecía de la Reina del Cielo, no vio el festivo día de la profesión de todo su convento, pues algunos días antes voló a los gozos de la bienaventuranza.
Tras estas diligencias llegó el tiempo apretado de hacer la última, que era recibir el sacramento de la extrema unción, y al punto que con toda devoción la recibía, quiso Dios manifestar los méritos aventajados y pureza de su fiel sierva doña Beatriz con un grande milagro, y fue que cuando ''[57]'' el sacerdote le estaba haciendo las unciones, vieron en su frente una estrella de oro y su rostro tan resplandeciente como de persona ya glorificada, dando en esto a entender que la pureza de las estrellas reinaba en aquella santa alma y la luz del Cielo en su purísimo cuerpo. Perdiose luego de vista la milagrosa estrella y saltó el resplandor celestial, y al mesmo punto hizo la muerte divorcio entre la alma y cuerpo de la santa virgen, los cuales se apartaron uno de otro al ''[58]'' décimo día de la profecía de la Reina del Cielo, después de haberse hecho compañía en este mundo sesenta y seis años; y fue el glorioso tránsito de la sierva de Dios, año de mil y cuatrocientos y noventa, a diez y siete de agosto, día de la octava del gran mártir san Lorenzo, y entonces dejó el dichoso cuerpo, relicario de aquel bienaventurado espíritu, tan entero y virgen como salió del vientre de su madre.
[fol. 15r]
===§. VII. Aparece la serva de Dios después de muerta y hacen sus monjas profesión===
Luego que murió la bienaventurada doña Beatriz, se apareció ''[59]'' en San Francisco de Guadalajara al padre fray Juan de Tolosa, varón de grande virtud y autoridad, que fue cuatro o cinco veces custodio y otras tantas provincial de toda Castilla antes que se dividiese en seis provincias. Había comunicado en vida con la sierva de Dios familiarmente y ella prometido que le haría un favor que no había hecho desde que entró en Santo Domingo el Real a hombre mortal. "Ahora", le dijo, "vengo a cumplir mi palabra, y a que me veas, pero sabe que acabo en este punto de salir de la cárcel del cuerpo y en mi monasterio hay grande necesidad de tu presencia, porque se levantan graves persecuciones a mi orden, y así conviene que te pongas luego en camino, y vayas a sobsegarlas con tu autoridad y prudencia". Era el caso que las monjas y frailes dominicos que asistían a su tránsito dichoso querían llevarse el santo cuerpo y las doce compañeras de la santa consigo, y ellas y los frailes de San Francisco que las favorecían resistían porque no se acabase la Orden de la Concepción antes de comenzar a ser en el mundo. Al fin pudieron ellas más y todos juntos celebraron con muchas lágrimas y devoción las exequias de la sierva de Dios y la enterraron en su monasterio de Santa Fe. Volvieron a porfiar las dominicas a querer llevarse consigo las doce religiosas nuevas, entendiendo se lo persuadirían con facilidad por ser todas extranjeras y de poca edad, pero a esta razón llegó el dicho padre fray Juan de Tolosa y, mostrándoles cómo no tenían razón de impedir la ejecución que todo el pueblo deseaba de aquella nueva Orden de la Concepción de la Virgen María Nuestra Señora, despidió a las monjas y frailes dominicos y así quedaron aquellas religiosas en su libertad, y desde aquel día se llamó la casa el monasterio de la Concepción de Nuestra Señora y, pasados ocho, les dieron a todas doce los hábitos y velos de la misma Concepción, conforme lo disponía [fol. 15v] el papa Inocencio Octavo en su bula, y comenzaron a vivir y rezar como la nueva religión disponía. No dice el autor ''[60]'' que fuesen algunas monjas del Monasterio de San Clemente o Santo Domingo el viejo de la Orden Cisterciense de san Bernardo que están en la ciudad de Toledo a enseñarlas las ceremonias y observancias que debían guardar, pero era fuerza que fuesen algunas, pues así lo disponían las bulas que concedían primeramente el monasterio de la Concepción o Santa Fe a las monjas de Císter y, en segundo lugar, a la sierva de Dios doña Beatriz y sus compañeras, si quisiesen profesar la dicha orden y regla. Y claro está que no habían de entrar todas a profesar en una orden antigua sin maestras, y más habiéndolas dentro de su ciudad excelentes y viviendo en su tiempo doña Constanza Barroso, abadesa de San Clemente, de cuya santidad me ha parecido dar noticia brevemente, y de otras monjas santas que florecieron en el mismo monasterio, pues sin duda favorecieron la fundación de la nueva orden con todas sus fuerzas.
[...]
[fol. 19v]
===§. IX. De los trabajos y mudanzas que tuvo la orden hasta que se comenzó a dilatar por el mundo===
Poco tiempo gozaron de quietud las monjas de la Concepción en su primer monasterio (en el cual tuvieron por abadesa poco después de la muerte de doña Beatriz a su sobrina doña Filipa) a causa de que ellas estaban sujetas al ordinario, como el papa lo disponía en sus bulas y como lo estaba nuestro monasterio de Santo Domingo el Viejo, y la reina doña Isabel quería que se eximiesen de aquella obediencia y (a persuasión de fray Francisco Jiménez, su confesor, que después fue arzobispo de Toledo) se diesen a la Orden de San Francisco, de que entre las mismas monjas había sus pareceres diferentes, que fue causa de no pocas diferencias y disturbios. En efecto, pudo más la reina y, habida bula especial del papa Alejandro Sexto, español de la casa de los Borjas, negaron la obediencia al diocesano y la dieron al padre custodio fray Juan de Tolosa, que tuvieron en este monasterio cinco o seis años, y en este tiempo alcanzó la reina al papa Alejandro que el monasterio de san Pedro de las Dueñas, que era de monjas de la Orden de nuestro Padre San Benito y estaba cerca de la Concepción, se le uniese e incorporase, habido solo el consentimiento de la abadesa de San Pedro, siendo nombrados por ejecutores apostólicos de esta causa el arcediano de Alcaraz y el vicario de Toledo, lo cual también fue causa de muchas revoluciones y pesadumbres. Pasáronse las monjas de la Concepción al monasterio de San Pedro, y fue también en él abadesa doña Filipa. Mas, no contenta la reina católica con que estuviesen sujetas al provincial de san Francisco, pretendió luego que dejasen la Orden de Císter y profesasen la Regla de santa Clara y, dado lo primero de quitárselas al diocesano y a los monjes de San Bernardo y darlas a los frailes de San Francisco, andaba cuerdamente, pues [fol. 20r] mejor las podrían ellos gobernar según la Regla de santa Clara que según la de San Benito, que nunca ellos vieron ni guardaron. Llevó este punto tan agr[i]amente doña Filipa y muchas del convento que la siguieron que, viendo no podía resistir a la potencia real, se salió del monasterio, llevando consigo las reliquias preciosas de su santa tía y, acompañada [61] de ocho religiosas, determinó volverse a Portugal, su patria, y evitar inquietudes y pesadumbres. Con este intento se fue a despedir de la priora y su[b]priora del monasterio de la Madre de Dios de la Orden de Santo Domingo, que eran primas suyas y, pareciéndole embarazo llevar consigo la caja de los huesos de su fundadora, de común consentimiento las dejó allí depositadas hasta ver qué hacía Dios de ellas y en qué paraban aquellos movimientos. El fin fue hacerse la voluntad de la reina que, con una bula que para ello sacó del papa Alejandro, cometida su ejecución a los obispos de Coria y Cathania y al Vicario de Toledo, extinguió la Orden de Císter en el monasterio de la Concepción y hizo que profesasen la de Santa Clara. Aunque doña Filipa nunca quiso volver a él, antes se fue al de Santa Isabel, donde después, retirada, acabó sus días en el Señor.
En todas estas mudanzas hubo tantos disturbios que mil veces llegaban a verse casi deshechos el monasterio y la orden, cumpliéndose al pie de la letra la profecía que le fue revelada a la sierva de Dios cuando vio encenderse la lámpara milagrosamente. Después del año de mil y quinientos y uno, siendo ya arzobispo de Toledo fray Francisco Jiménez, por orden de la reina católica con particulares bulas de Alejandro Sexto (habiendo puesto primero en el monasterio nuevo de San Juan de los Reyes frailes observantes) extinguió el monasterio de San Francisco de los conventuales de Toledo y trasladó a él el de la Concepción, donde al presente está, quedando unidos a este el de Santa Fe, el de San Pedro y el de San Francisco. Después, en el de Santa Fe [fol. 20v] entraron a vivir monjas de la Orden militar de Santiago y en el sitio de San Pedro de las Dueñas se edificó el Hospital del Cardenal don Pedro González de Mendoza. Todas estas mudanzas y traslaciones confirmó después el papa Julio Segundo, sucesor de Alejandro, en una bula larga, donde refiere toda esta historia y al principio traslada casi toda la de Inocencio Octavo, haciendo expresa mención de cómo fueron de la Orden de Císter en su fundación, de que tengo un traslado sacado del original de mesmo monasterio de la Concepción de Toledo: es su data el año tercero de su pontificado y el de Cristo de mil y quinientos y cinco.
''[62]'' Pasados seis años solos, el de 1511 y el octavo de su pontificado, a petición de las monjas de la Concepción, que, viéndose con el hábito y nombre de ella les hacía disonancia guardar la Regla de Santa Clara, las eximió de su observancia totalmente y les dio regla particular a su propósito el mesmo papa Julio Segundo, la cual está inserta en sus bulas y dividida en doce capítulos. Dejolas con el hábito y oficio divino que Inocencio las concedió, aunque con sujección a la Orden de san Francisco, y de este modo perseveran ahora.
''[63]'' Era abadesa en esta ocasión doña Catalina Calderón, la cual, viendo sosegada la orden y puesta su casa en tranquilidad, trató de honrarla con las reliquias preciosas de su fundadora, la bienaventurada doña Beatriz. Pidiolas a las monjas de la Madre de Dios, que las tenían en depósito (como arriba dijimos) y, viendo que las negaban y no había orden de sacárselas por bien de las manos, envió a Roma la causa y, dada relación al Pontífice, alcanzó una bula en que mandaba con graves censuras que dentro de tres horas, como les fuese aquel mandato apostólico notificado, diesen el cuerpo santo a las monjas de la Concepción. Con esta apretada diligencia le llevaron a su monasterio, donde fue recibido con suma alegría y contento de las monjas entre muchas lágrimas ''[64]'' que el regocijo las hacía verter. Tuvieron los santos huesos en una arca en tanto que labraban un lucillo hermoso donde colocallos con decencia y, después de acabado, sacándolos [fol. 21r] del área donde habían estado para ponerlos en el lucillo, sintió tan grande olor el maestro que los sacaba que se apartó a fuera y dijo que llamasen a algún sacerdote que tratase y tocase aquellos huesos, que él no se atrevía a tocarlos porque sin duda eran de santos según el olor que tenían. Llamaron al confesor de las monjas que los trasladase, el cual sintió la misma fragancia de que también participaron muchas monjas que estaban presentes a verlo. y en tan notable exceso que sus sentidos fueron maravillosamente recreados y sus almas regocijadas de ver el testimonio celestial que las reliquias de su santa madre tenían de que habitaba en los cielos haciendo compañía a los bienaventurados espíritus y gozando del premio merecido por los servicios grandes que había hecho en el mundo a la Reina del Cielo en honrar su Purísima Concepción, con las alabanzas que las Esposas de Jesuchristo sus discípulas la cantan cada día, y cantarán continuamente hasta el fin del mundo.
Ya que había pasado el invierno áspero y frío de las tempestades y borrascas en que estaba la orden a pique de ser destruida muchas veces, plugo a la Serenísima Reina de los Ángeles de serenar y apaciguar las cosas y personas de ella, y al mismo punto en cumplimiento de la profecía de la lámpara, comenzó a aumentarse el número, santidad y fama del monasterio de la Concepción y la de sus hijas y a extenderse la orden con tanta fecundidad que el año de mil y quinientos y veinte y seis había ya treinta monasterios de ella y solo en el arzobispado de Toledo había once, porque en Toledo fueron a fundar a Torrijos, a Maqueda, Madrid, Escalona, Talavera, Oropesa, Ciudad Real, la Puebla de Montalván y Camarena, y de allí se extendió a Granada, Sevilla, Cuenca, Valladolid, Calahorra, Almería y otras partes de España, y el año de 1525 se fundó el monasterio de Roma en la iglesia que se llamaba Sancta Maria liberanos apœnis inferni, bajo del capitolio, y le pobló doña Marina de Cárdenas, hermana de don Alonso de Cárdenas, maestre último [fol. 21v] de Santiago, que fue allí abadesa con otras diez mujeres que vivían reclusas en San Juan de Letrán, a las cuales dio el hábito y profesión el ministro general fray Francisco de los Ángeles, y después acá se han fundado muchos en diversas ciudades y partes del mundo, todo a gloria de la Purísima Concepción de la Reina del Cielo. Hanla favorecido mucho los papas, y León Décimo declaró por una bula suya, año de 1518, a 12 de julio, que ningún capítulo de su regla les obligaba a pecado mortal, si no es en los casos de obediencia, castidad, pobreza y clausura, y en ella hace mención también cómo fue cisterciense en sus principios.
SE.
===Notas===
''[1]'' En el margen izquierdo leemos: “Su nobleza”.
''[2]'' Nota en el margen izquierdo: “Fue parienta de los Reyes de Portugal”.
''[3]'' En el margen izquierdo está escrito: “Vino a Castilla”.
''[4]'' Nota en el margen izquierdo: “Ildesc.to.2. de la Pontif”.
''[5]'' Nota en el margen izquierdo: “Su rara hermosura”.
''[6]'' En el margen derecho está escrito: “Cerrola en un cofre la Reina”.
''[7]'' Nota en el margen derecho: “Apareciósele Nuestra Señora con el hábito de la Concepción”.
''[8]'' Nota en el margen izquierdo: “Hizo voto de virginidad”.
''[9]'' Se lee en el margen izquierdo: “San Francisco, y San Antonio se le aparecieron”.
''[10]'' Nota al margen izquierdo: “Profecía de la orden".
''[11]'' En el margen derecho se lee: “Recogiose en Santo Domingo el Real de Toledo”.
''[12]'' Está escrito en el margen izquierdo: “Edificó los claustros de Santo Domingo el Real”.
''[13]'' Anotación el margen izquierdo “§. i.” que remite a cuando se contó esta parte de la historia.
''[14]'' Nota al margen izquierdo: “Notable recato”.
''[15]'' Nota en el margen derecho: "Trata de fundar la Orden de la Concepción".
''[16]'' N. M. derecho: "Dale la reina los Palacios de Galiana".
''[17]'' En el margen izquierdo se lee: “Funda la orden”.
''[18]'' Nota en el margen izquierdo: "Escoge la Orden Cisterciense de san Bernardo".
''[19]'' Se lee en el margen derecho: "Cuatro Papas dicen que fue esta Orden Cisterciense que es de san Bernardo".
''[20]'' N. M. derecho: "Cronic. ex Císter".
''[21]'' En el margen izquierdo se lee: "Por qué visten las monjas de la Concepción escapulario blanco con cordón".
''[22]'' N. M. izquierdo: "La Reina escribe al Papa que confirme la orden".
''[23]'' Nota en el margen derecho: "Despacháronse las bulas en Roma".
''[24]'' N. M. derecho: "Un Ángel le trajo la nueva del despacho de las bulas el mesmo día de la data".
''[25]'' En el margen izquierdo se lee: "Raro milagro de las bulas".
''[26]'' Nota en el margen izquierdo: "Anegáronse en el mar las bulas".
''[27]'' Nota en el margen derecho: "Hallolas en un cofre suyo en Toledo".
''[28]'' En el margen derecho se lee: "Hízose en Toledo profesión general por el hallazgo de las bulas".
''[29]'' N. M. derecho: "Cuánta autoridad tenga este milagro".
''[30]'' Nota en el margen izquierdo: "La narrativa del Breve".
''[31]'' Ilegible por una mancha en el original.
''[32]'' En el margen derecho se lee: “Nota”.
''[33]'' N. M. derecho: "Concesión de las bulas".
''[34]'' En el margen izquierdo se lee: "Hábito de la Concepción".
[35] Nota en el margen izquierdo: "Oficio divino de la Concepción".
[35] Nota en el margen derecho: "Ayunos".
[36] Abreviatura desconocida.
[37] N. M. derecho: "Dispensación de carne".
[38] N. M. derecho: "Que vistan lino".
[39] N. M. derecho: "Confesiones".
[40] Nota en el margen izquierdo: "La clausura".
[41] N. M. izquierdo: "Indulgencias".
[42] N. M. izquierdo: "Año de 1489".
[43] Palabra incomprensible en el original.
[44] En el margen derecho se lee: "Nota que es de la Orden Cisterciense de san Bernardo".
[45] En el margen izquierdo se lee: "Nota".
[46] N. M. izquierdo: "Santo Domingo el Viejo, es de monjas bernardas o cistercienses".
[47] N. M. derecho: "Hábito de la Concepción se les dio siendo bernardas".
[48] N. M. derecho: "El oficio de la Concepción también".
[49] En el margen derecho se lee: "Esto les concede porque no las sujetó a la orden sino al Ordinario".
[50] En el margen izquierdo se lee: "Grandes privilegios, indulgencias, y gracias en favor de la Concepción".
[51] En el margen derecho se lee: "Vease abajo desde §. e de la 2. parte de esta historia".
[52] Nota en el margen izquierdo: "Aparécele nuestra Señora y dala nuevas de su muerte".
[53] N. M. izquierdo: "Profecía que tuvo del estado y aumento de su Orden de la Concepción".
[54] Nota en el margen derecho: "§. 6.".
[55] En el margen izquierdo se lee: "Recibió el hábito y hizo profesión en la Orden de Císter, que es la de san Bernardo".
[56] Nota en el margen izquierdo: "Grande y milagroso testimonio de su santidad".
[57] N. M. izquierdo: "Su muerte".
[58] En el margen derecho se lee: "Aparécese después de muerta".
[59] Nota en el margen izquierdo: "Fueron monjas de San Bernardo a fundar el monasterio de la Concepción".
[60] Nota en el margen derecho: "Cuanto sintió la sobrina de la santa dejan nuestra orden."
[61] En el margen izquierdo se lee: "Dejan la regla de santa Clara y dioles el Papa otra particular".
[62] Nota en el margen izquierdo: "El hábito y rezo que ahora tienen se les dio cuando eran cistercienses".
[63] Nota en el margen izquierdo: "Traslación del cuerpo de doña Beatriz".
= Vida impresa (7)=