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Juana de la Cruz

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Citas en los márgenes
===Citas en los márgenes===
 
[I] [fol. 2r] Destas bulas hace mención ''Barb. de offic. & potest. Episcopi, part. 3. alleg 107. Trullen. opus morale tom. I. libr. I cap. 9 dub. 6 n. I0. & seqq''.
 
[II] ''In bulla'' an. 1625. Ibi: Declarans, quod per supra scripta præiudicare in aliquo non vult, neque intenditiis, qui aut per commune Ecclesiæ confensum, vel inmemorabilem temporis cursum, aut per Patrum virorumque sanctorum scripta, vel longissimi temporis scientia, ac tolerantia Sedis Apostolicæ, vel ordinaris coluntur.
 
[III] [fol. 2v] Han tenido tanto cuidado y atención los ordinarios de Toledo en estar a la mira de la veneración y culto particular que se daba a soror Juana de la Cruz para reconocer el fundamento que tenían los milagros que se publicaban de ella y de sus granos o cuentas que no se puede hacer más segura demostración de este cuidado, según lo dispuesto por el santo Concilio Tridentino, que poniendo a la letra una censura que hizo la Universidad de Alcalá en el año 1617, la cual es como sigue:
 
Censura de la muy insigne Universidad de Alcalá ''[2]''
 
Los doctores Bartolomé de Sosa (canónigo de la santa iglesia colegial de la villa de Alcalá de Henares, catedrático de teología de Durando de esta Universidad de la dicha villa) y Andrés Merino (canónigo o, asimismo, de la dicha iglesia, catedrático de prima de Escoto de la dicha Universidad) y fray Juan González de Albelda de la orden del señor santo Domingo (catedrático de la prima de la dicha Universidad) y fray Pedro de Oviedo (abad del colegio del señor san Bernardo y catedrático de víspera de teología de la dicha universidad), habiendo visto por comisión suya y del claustro ciertos procesos y probanzas hechos por comisión del ilustrísimo cardenal arzobispo de Toledo, en razón de la vida y muerte de la bendita soror Juana de la Cruz (monja en el monasterio de Nuestra Señora de la Cruz, junto a la villa de Cubas), que una de las dichas probanzas fue hecha en el dicho monasterio por el licenciado Luis Galindo (cura propio de la dicha villa) ante Juan Fernández de la Plaza, comenzada a 12 de mayo de 1614 años y acabada en 17 del dicho mes de 1615, y otra fecha en la villa de Torrejón de Velasco por el licenciado Mimbreño (cura propio de la dicha villa) ante Gabriel de Illescas (escribano), empezada a 26 días de abril de 1615 y acabada a 23 de mayo del dicho año, y otra fecha en la villa de Al- [fol. 3r] calá por el señor don Diego Ortiz de Zayas (vicario general) ante Sebastián de Villegas (notario), comenzada en 2 de septiembre del dicho año y acabada a 12 de abril del siguiente 1616, y otra fecha en Toledo por el licenciado Juan Barrentes de Aguilar (capellán de la capilla de la reina) ante Francisco (maestre notario), acabada a 6 de octubre de 1616 años; y habiendo visto juntamente los pareceres de los señores doctores canonistas, en cuanto al artículo de lo probado ''in iure'', y de los señores doctores médicos, en cuanto a la naturaleza de las enfermedades, nos parece que, según lo que de todo referido, resulta son casos milagrosos que, por el consiguiente, exceden toda facultad de naturaleza y se deben tener y calificar por tales, cuales son los siguientes: lo primero, la incorruptibilidad del cuerpo de la bendita soror Juana de la Cruz, cuya preservación de corrupción, vistas las circunstancias del caso y accidentes que le acompañan, le hacen sin duda obra milagrosa; lo segundo, parece haber obrado Dios, Nuestro Señor otros milagros por el contacto y uso de las cuentas de la dicha bendita sor Juana de la Cruz que, según la común tradición de aquel santo convento donde la susodicha murió y de aquella tierra y comarca, fueron llevadas al Cielo, a infancia suya, por el santo ángel de su guarda a la preferencia de Cristo, Nuestro Señor, y les echó su bendición y dio muchas y diferentes virtudes. Y en particular, consta que Juana Manuda (vecina de la villa de Cubas) fue libre y sana de una grave enfermedad, que había siete años padecía, de pesada melancolía y desmayos que le duraban tres o cuatro horas, dejándola sin movimiento ni sentido y de muy continuas tentaciones de desesperación ''[3]'', por ponerse dichas cuentas y traer consigo una de las sobredichas cuentas, lo cual fue efecto milagroso, como también lo fue el librarla Dios muchas veces de ejecutar sus intentos de desesperación por la devoción que tenía a la dicha soror Juana de la Cruz. Lo tercero, por el contacto de una de las dichas cuentas, fue milagrosamente sana Luisa de las Llagas (monja profesa del convento de Descalzas del señor san Francisco de la villa de Valdemoro) porque, habiendo estado más de cinco meses continuos en la cama paralizada de todos sus miembros sin poderse mover por sí y con grandes dolores en todos ellos, habiendo ya cesado los medicamentos porque nada aprovechaban, tocándole una de las dichas cuentas, se le fue quitando el dolor y fue extendiendo sus miembros; de manera que, en breve rato, se levantó del todo buena de la cama y se fue en presencia de las demás monjas al coro a dar gracias a Nuestro Señor, sin que le volviese jamás la dicha enfermedad. Lo cuarto, Catalina de la Purificación (monja del dicho convento), después de otra semejante enfermedad que había año y medio que casi continuamente la tenía trabada la lengua sin poder articular las voces con un género de pasmo en los miembros y, a veces, con movimientos convulsos y parte de gota coral tocándole en la lengua con una de las dichas cuentas, habló mila- [fol. 3v] grosamente de allí delante con expedición y claridad; y, asimismo, tocándole con ella en las demás partes que padecían la dicha enfermedad, se le quitaban de manera que quedaba libre para acudir a todas las obligaciones de la comunidad; y, cuando le volvía a tocar algo de la dicha enfermedad con el contacto de la dicha cuenta, se le quitaba al punto. Lo quinto, doña Francisca de Bustamante de la Tercera Orden de Señor San Francisco (vecina de la ciudad de Toledo) era muy perseguida de un género de alferecía o gota coral que la privaba del sentido y caía en tierra (traspillados los dientes, heridos los pies y manos) con tanta violencia que eran menester tres o cuatro horas personas para tenerla; y, de esta suerte, solía estar tres y cuatro horas; y tocándola una de las dichas cuentas, invocando al santísimo nombre de Jesús y de la bendita soror Juana de la Cruz, al punto hablaba y se le quitaba totalmente por entonces el dicho mal y quedaba sin los accidentes penosos que solía; lo cual sucedía siempre que la acometía el dicho mal, por el contacto con dicha cuenta, el cual impedía los daños y efectos que naturalmente se siguieran y libraba de los que ya había incurrido, que todo era casi milagroso. Demás de lo cual, de las dichas informaciones, resulta ser muy verosímil haber obrado Dios Nuestro Señor otros muchos casos milagrosos por el uso y contacto de las dichas cuentas y por la intercesión de la bendita sor Juana de la Cruz que, aunque en sí son muchos y continuos en esta materia de milagros, no tanto se ha de atender al número de ellos cuanto a la verdad y sustancia de ser obras extraordinarias del poder de Dios, y siéndolo como lo son las sobredichas que se han referido, es cosa del todo cierta e indudable que a las sobredichas cuentas se les debe particularísima reverencia y devoción, y que gozan de muy particular favor y merced de Dios los que las tienen. Lo sexto, yendo la señora condesa de Orgaz, doña María de Figueroa, con dos hijas suyas y otras personas en un coche a visitar el cuerpo de la bendita sor Juana de la Cruz a su casa, junto a la villa de Cubas, habiéndoles anochecido en el camino con mucha oscuridad, sin saberlo alguno de los que allí iban, cayó el coche de un alto de más de dos estados de distancia en un pantano de agua; y encomendándose a la bendita Juana, se hallaron abajo del pantano sin haberse trastornado el coche y sin daño alguno en las personas ni mulas: efecto sin duda sobrenatural. Lo octavo, habiendo salido la dicha señora condesa con ánimo de un capellán que llevaba le dijese misa en el dicho lugar, no sabiendo el camino, se pasaron adelante y llegaron a un lugar diferente; y, conocido el yerro, hubieron de retroceder para llegar adonde iban; y llegaron a tiempo competente de decir misa como en efecto se dijo, habiendo, desde las nueve o las diez de la mañana, caminado más de diez leguas usuales con el coche, que fue obra milagrosa. [fol. 4r] Lo último, es de gran ponderación la común tradición de los maravillosos y milagrosos éxtasis que, según ella, tuvo la bendita sor Juana en su vida, gozando de coloquios divinos con Cristo, Nuestro Señor, y con su benditísima Madre, ángel de su guarda y otros santos. Y no menos se debe hacer peso de la perfección de todo género de virtudes en que se dice (y es la dicha común tradición) haberse ejercitado desde su tierna edad hasta el fin y remate de su vida, especialmente en obras de penalidad y mortificación del cuerpo, alcanzando perfecto reconocimiento de todas las pasiones justamente con muy profunda humildad; nacida de grandes persecuciones, así del demonio como de los hombres que, según ellos, mereció alcanzar de Dios, Nuestro Señor, la común aceptación y devoción de los fieles a su santidad e incorrupta vida no solo en ella, sino después acudiendo a venerarla a su sepulcro con públicas aclamaciones de su santidad y milagros que solo puede ser efecto del divino espíritu. Por lo cual, según la común doctrina que traen los doctores, así teólogos como canonistas, en el capítulo último de ''Reliquis & veneratione santorum in 6. De los requisitos para la dicha veneración de los santos, nos parece falvo meliori iudicio'' y el de la Santa Sede Apostólica, a quien, como es justo, sometemos el nuestro: la dicha bendita sor Juana de la Cruz, por concurrir en ella en vida y en muerte después hasta ahora, con general continuación los dichos requisitos (en cuanto podemos alcanzar), ser digna de toda veneración de los fieles y merecer se publiquen sus grandezas para edificación de todos ellos y confusión de los herejes. En Alcalá de Henares, a nueves días del mes agosto de 1617 años:
 
El doctor Bartolomé Sosa.
 
El doctor Andrés Merino.
 
El maestro fray Pedro de Oviedo.
 
El maestro fray Juan González Albelda.
 
[IV] En cuanto al culto particular que se da a las personas que están por santas, concurriendo en esto la voz común, posesión de tanto tiempo y tolerancia de los ordinarios, aunque no haya precedido licencia del sumo pontífice, lo que se ha visto es que en la curia romana han sido mantenidos en su posesión sin innovar en cosa alguna, como sucedió en tiempo de la santidad Clemente VIII en cuanto a san Carlos y san Felipe Neri antes de sus canonizaciones; y en tiempo de la santidad de Paulo V en cuanto a san Gaetano, como se refiere por Trullench, opus morale lib. I, cap. 9, dub. 6, num 22.
 
[V] Justo es que la piedad y liberalidad de los grandes príncipes tenga padrón eterno en nuestra memoria, y alabanza para que sus acciones gloriosas sirvan de ejemplo y sean imitadas de los sucesores en sus altos puestos. El serenísimo señor don Juan de Austria, con noticia de los prodigios de soror Juana de la Cruz y del lugar que deben tener sus virtudes en la estimación de sus devotos, por serlo de esta sierva de Dios, visitó su sepulcro antes de emprender la conquista del reino de Portugal y dio quinientos escudos de limosna que se aplicaron para los gastos que ha de hacer en su viaje fray Juan de San Die- [fol. 5v] go Villalón, religioso de San Francisco, y procurador de la causa de canonización en la curia romana. Y después, sabiendo Su Alteza que con efecto se había de despertar esta pretensión, dio otra limosna de cuatro mil escudos sin perder de vista su magnanimidad, el deseo y gusto de hacer nuevos socorros por esta misma causa. Y en manifestación de lo que se debe en ella a este esclarecido príncipe, pondremos a la letra la carta que escribió a fray Juan de San Francisco (que solicita en Madrid, con celo singular, todo lo concerniente a la canonización de soror Juana) y en que hace la gracia y limosna referida:
“He visto las noticias que me da fray Juan de San Francisco del estado en que se halla la canonización de soror Juana de la Cruz y, continuando los buenos deseos que siempre he tenido de que se concluya brevemente con obra tan justa y piadosa, escribo a Su Majestad con todo aprieto para que mande dar las cartas en la forma que fray Juan pide; y al secretario Pedro Fernández del Campo, que lo solicite con el fervor posible a quien podrá acudir en las dependencias que se ofrecieron del adelantamiento de esta materia, a que no dejaré de asistir como tan devoto hijo de la religión y de soror Juana, hasta que se llegue a perfección. Y, para ello, puede fray Juan hacer capital de cuatro mil escudos de limosna que estarán pronto en esa corte, siempre que fueren menester.
Nuestro señor, etc.
 
Zafra, a primero de enero de 1663,
 
Don Juan.”
[VI] Nacimiento y patria de soror Juana de la Cruz.

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